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¡Chaleco o sanción! Congreso Nacional fija uso obligatorio de chalecos nocturno para motociclistas

La medida inicia a las seis de la tarde y culmina a las 6 de la mañana y podrá evitar los fuertes accidentes que se registran diariamente a nivel nacional.

Tegucigalpa. El Congreso Nacional aprobó este martes una reforma a la Ley de Tránsito para reforzar las medidas de seguridad vial. La iniciativa está dirigida a conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos similares.

La reforma añade el numeral 28 al artículo 99 de la Ley de Tránsito. La nueva disposición establece que los conductores de motocicletas y sus acompañantes deberán usar de forma obligatoria un chaleco con distintivo reflectivo durante la noche. El horario nocturno está comprendido entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana.

También se ordena el uso obligatorio de una banda reflectora o cualquier distintivo de color anaranjado, rojo o blanco. Esta medida aplica para conductores y pasajeros de vehículos motorizados de dos o tres ruedas con motor fijo o agregado. Entre ellos se incluyen motocicletas, motonetas y bicimotos. La norma también abarca bicicletas y otros vehículos similares. La banda reflectiva deberá estar adherida a un arnés o chaleco.

Portar el chaleco es opcional durante el día

Durante el día, entre las 6:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde, el uso del chaleco reflectivo será voluntario. Así lo establece el artículo 2 del decreto aprobado.

El artículo 3 instruye a la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte y a las demás autoridades competentes a ajustar sus procedimientos de control y sanción conforme a la nueva normativa.

Además, los diputados incorporaron un nuevo artículo. En él se exhorta a las empresas a colocar cintas reflectivas en las motocicletas como una medida adicional de prevención y mayor visibilidad en las vías públicas.

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