
Honduras – El Ministerio Público, a través de la Fiscalía Especial de Protección a la Niñez y Adolescencia (FEP-NIÑEZ), logró una sentencia condenatoria contra Carlos Geovany Valladares Lorenzana, declarado culpable por incumplir con la manutención de su hija menor y por desobediencia a un mandato judicial.
Las investigaciones revelan que Valladares Lorenzana, tras mantener una relación con la madre de la menor y ser informado de su embarazo, se negó a reconocer legalmente a la niña, lo que llevó a la madre a interponer una demanda de reconocimiento forzoso ante el Juzgado de Letras de Familia de Francisco Morazán.
Orden judicial ignorada
Pese a la sentencia judicial que ordenaba cumplir con la pensión alimenticia, el imputado incumplió con sus obligaciones económicas, situación que derivó en su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios y la intervención penal del Ministerio Público.
Durante el juicio, Valladares admitió su responsabilidad y se sometió al procedimiento abreviado, lo que permitió a la autoridad judicial dictar la condena correspondiente: cinco meses y ocho días de prisión por incumplimiento de asistencia y sustento, y cuatro meses y quince días por desobediencia.
Penas establecidas por la ley hondureña
El artículo 288 del Código Penal establece cárcel y prestación de servicios de utilidad pública para quienes incumplan con la manutención de sus hijos. Por su parte, el artículo 572 establece penas de seis meses a dos años de prisión para quienes desobedezcan gravemente la autoridad o funcionarios públicos.
Las autoridades judiciales y fiscales hacen un llamado a los padres responsables de cumplir con la manutención de sus hijos, recordando que el incumplimiento no solo afecta a los menores, sino que también puede derivar en sanciones legales graves.



