
Los hondureños que tengan previsto viajar a Estados Unidos por vía aérea deberán cumplir con un nuevo requisito sanitario antes de abordar, como parte de las medidas adoptadas por las autoridades estadounidenses ante el brote de ébola registrado en la República Democrática del Congo.
La disposición entró en vigor el 3 de noviembre de 2026 y establece que todos los pasajeros de vuelos internacionales con destino a Estados Unidos deben firmar una declaración en la que confirmen que no estuvieron en territorio congoleño durante los 21 días anteriores a su viaje.
La medida fue emitida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y también alcanza a quienes utilizan aeropuertos estadounidenses como punto de conexión para continuar hacia otro país.
Esto significa que el requisito no depende de la nacionalidad del pasajero ni del lugar desde donde inicia su recorrido internacional. Por lo tanto, los viajeros hondureños también deben tomarlo en cuenta al organizar sus vuelos.
¿Qué deben declarar los viajeros que ingresen a Estados Unidos?
El nuevo procedimiento consiste en completar y firmar un documento en el que cada pasajero certifica que no estuvo físicamente en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al abordaje.
La declaración forma parte de las medidas preventivas impulsadas por las autoridades sanitarias estadounidenses para reducir el riesgo de que el virus del ébola ingrese a su territorio.
El requisito aplica a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y extranjeros, independientemente de su categoría migratoria.
De acuerdo con los CDC, las aerolíneas deben verificar que los pasajeros hayan completado la declaración antes de permitirles abordar el avión.
¿El formulario se presenta impreso o digital?
Los pasajeros podrán completar la declaración en formato físico o electrónico, según el mecanismo establecido por cada compañía aérea.
Las aerolíneas serán responsables de informar a sus clientes cómo deben cumplir con este procedimiento. Algunas pueden incorporar el documento durante el registro en línea, mientras que otras pueden facilitar su presentación en papel antes del abordaje.
Por esa razón, se recomienda a los hondureños revisar los correos electrónicos enviados por su aerolínea y consultar sus canales oficiales antes de acudir al aeropuerto.
También es importante verificar que el documento esté correctamente completado y firmado para evitar inconvenientes durante el proceso de embarque.
¿Qué pasa si un viajero estuvo en la República Democrática del Congo?
Uno de los puntos más importantes de la disposición es que las personas que hayan estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al vuelo no podrán abordar vuelos comerciales con destino a Estados Unidos.
La restricción también contempla a ciudadanos estadounidenses que se encuentren en esa situación, por lo que no se limita a los extranjeros.
Los CDC establecen que estas personas deberán permanecer fuera de la República Democrática del Congo durante al menos 21 días antes de intentar viajar a Estados Unidos.
El conteo considera como día cero la fecha en que la persona salió de ese país. El período de espera comienza a partir del día calendario siguiente.
Las autoridades contemplan excepciones específicas que deben ser autorizadas por el Gobierno estadounidense, por lo que no se trata de una autorización automática para viajar.
¿Hasta cuándo estará vigente la nueva medida?
La orden sanitaria tiene una vigencia inicial hasta el 18 de diciembre de 2026, a las 11:59 de la noche, hora del Este de Estados Unidos.
Sin embargo, el plazo podría modificarse si las autoridades sanitarias consideran necesario mantener, ampliar o retirar la disposición, de acuerdo con la evolución del brote y las condiciones epidemiológicas.
La medida comenzó a aplicarse a los vuelos internacionales que despegaron hacia Estados Unidos a partir de las 11:59 de la noche del 3 de noviembre, según el horario del Este.
¿Qué ocurre si un pasajero proporciona información falsa?
Los CDC advierten que entregar información falsa o engañosa en la declaración puede generar consecuencias legales.
La normativa estadounidense establece que proporcionar deliberadamente datos falsos en este tipo de certificaciones puede derivar en multas e incluso penas de prisión, conforme a la legislación federal.
Además, las aerolíneas tienen la obligación de verificar el cumplimiento del requisito y conservar los registros de las declaraciones durante 42 días después de la salida del vuelo.
Por ello, los pasajeros deben proporcionar información verdadera y atender las instrucciones de la compañía aérea.
¿Por qué Estados Unidos implementó esta medida?
La nueva exigencia responde al brote de enfermedad por el virus del ébola de Bundibugyo registrado en la República Democrática del Congo.
Los CDC informaron que, hasta el 2 de noviembre de 2026, no se habían confirmado casos relacionados con este brote en Estados Unidos y que el riesgo general para los viajeros y la población estadounidense se mantenía bajo.


