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Multarán a conductores si acompañantes no portan cinturón de seguridad

En tal sentido, la DNVT informó que, de acuerdo a la Ley de Tránsito, serán sancionados todos aquellos conductores que hagan caso omiso a esa orden establecida en el artículo 99, numeral 22.

Dicho artículo indica que es considerada una falta de las menos grave circular sin hacer uso del cinturón de seguridad para el conductor y sus acompañantes, y no asegure la protección de niños menores de cinco años que obligatoriamente tienen que estar en el asiento trasero del vehículo.

Los conductores que no exigen utilizar el cinturón de seguridad a sus acompañantes recaen en falta, el cual tendrán que pagar una infracción de 400 lempiras y si este reincide en la misma falta pagará 550 lempiras.  

Conciencia como ciudadanos

Es por ello que la DNVT hizo un llamado de concientización a los ciudadanos al volante debido a que, indica, la responsabilidad del conductor recae en un 98 % al momento de conducir un automóvil.  

En el apartado de disposiciones generales, la Ley de Tránsito establece que todos los ciudadanos quedan sujetos a sus propias decisiones en cuanto al manejo de sus vehículos, teniendo en cuenta que las autoridades poseen la libertad de aplicar las medidas reglamentarias que consideren necesarias si un conductor irrumpe con esta ley.

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