El Pleno de la Corte Suprema de Justicia a la ciudadanía en general COMUNICA:Primero: En el marco de la situación que se vive en los centros penitenciarios del país, este Poder Judicial ha realizado varias acciones para potenciar el acceso a la justicia por parte de las personas privadas de libertad y víctimas, como ser:I) La instalación de una Mesa Técnica de Preliberación a fin de realizar la vigilancia y control de las penas y las medidas de seguridad, misma que, a la fecha, dicha mesa ha revisado 2,037 causas y 400 expedientes criminológicos, con especial atención a 19 personas que sufren de enfermedades graves y terminales;II) El fortalecimiento del Juzgado de Ejecución de Francisco Morazán, a través de la asignación de más personal;III) La interposición de oficio de Hábeas Corpus Correctivos, en el que se han nombrado altos funcionarios judiciales a nivel nacional para que informen sobre la situación de todos los centros penitenciarios;IV) La creación de un único Circuito Judicial en Materia de Criminalidad Organizada y Corrupción, que integrará los circuitos judiciales en materia de Extorsión, Corrupción y Criminalidad Organizada, a fin de optimizar el talento humano y los recursos materiales para brindar una justicia más rápida y efectiva a la población hondureña; y,V) Se han girado instrucciones a todos los órganos jurisdiccionales en materia penal, para que informen, sin dilación, el estado de las causas sometidas a su conocimiento y remitan las sentencias emitidas que causan cosa juzgada, al Juez de Ejecución y a la Unidad de Antecedentes Penales, además se han girado las instrucciones necesarias para que el Juzgado de Ejecución de Francisco Morazán y con Jurisdicción Nacional, laboren durante este primer período de vacaciones del Poder Judicial, a fin de reducir la mora judicial en la fase de ejecución de la pena; así como al Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Materia de Extorsión para que actualice su carga laboral y diligencie las causas sometidas a su juzgamiento.Segundo: Este día, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia ha instruido lo siguiente:I) Ordena a los Tribunales de Sentencia y Juzgados de Letras en materia penal de todo el país, que durante la semana del veintiséis al treinta de junio del presente año, se abstengan de realizar juicios orales y públicos o audiencias en las que se requiere la presencia del imputado(a), cuando en dichas causas las personas privadas de libertad se encuentren recluidos en los centros penitenciarios nacionales siguientes: 1) Centro Penitenciario de Támara, Francisco Morazán; 2) Centro Penitenciario El Porvenir “Siria”, Francisco Morazán; 3) Centro Penitenciario La Tolva, ubicado en Morocelí, El Paraíso; 4) Centro Penitenciario El Pozo, ubicado en Ilama, Santa Bárbara; y, 5) Penitenciería Nacional Femenina de Adaptación Social, ubicada en Támara, Francisco Morazán. Se exceptúa aquellas causas en que la prisión preventiva está próxima a su vencimiento, en cuyo caso sí se deberá realizar el juicio o la audiencia que ya esté señalada.II) Instruir a los Tribunales de Sentencia y Juzgados de Letras en materia penal de todo el país que realicen audiencias utilizando los mecanismos virtuales establecidos en el Código Procesal Penal y el reglamento de Audiencias Virtuales y su protocolo, según las capacidades técnicas instaladas, salvaguardando en todo momento las garantías constitucionales y procesales de todos los involucrados en cada proceso penal.III) Ordenar a la Dirección de Infotecnología del Poder Judicial que realice un estudio sobre la capacidad instalada en el Poder Judicial para avanzar en la implementación de las Audiencias Virtuales en todos los Órganos Jurisdiccionales en materia penal del país; e igualmente, coordinar, de manera urgente, con el Instituto Nacional Penitenciario y las autoridades encargadas del sistema penitenciario nacional, la implementación de estos mecanismos virtuales en los centros penitenciarios, para lo cual se deberá crear toda la normativa necesaria.IV) Se integrará una comisión para la supervisión y seguimiento de todas las instrucciones emanadas en este Acuerdo de Pleno, así como para la elaboración del protocolo de actuaciones sobre audiencias virtuales, que debe ser aprobado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.
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