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Defensa de JOH de acuerdo a que juicio de se posponga para junio de 2023

En una carta enviada al Juez Kevin Castell, la Defensa de Juan Orlando Hernández solicitó a la Fiscalía de Estados Unidos, que el inicio del juicio contra el expresidente Juan Orlando Hernández agendado para abril de 2023, pase a junio del mismo año, por la cantidad de material que se está procesando.

Aquí la carta íntegra 

Estimado juez Castel:

Fiscal de los Estados Unidos Las partes escriben conjuntamente con respecto a la fecha del juicio del 24 de abril de 2023 y otros próximos plazos actualmente programados en este asunto. La defensa solicita respetuosamente que el Tribunal aplace el juicio a una fecha de julio o agosto de 2023.

A la luz de las consideraciones descritas a continuación, el Gobierno está de acuerdo en que es apropiado aplazar brevemente la fecha del juicio y cree que un aplazamiento aproximadamente a mediados de junio de 2023 es suficiente.

El Gobierno ha producido voluminosos materiales de descubrimiento para la defensa, que ascienden a más de un terabyte de datos, a partir de junio de 2022 y de forma continua. El Gobierno entiende que la defensa está en proceso de revisión de este volumen tan grande de materiales. El Gobierno anticipa que complementará aún más sus producciones de descubrimiento hasta la fecha, incluso con materiales clasificados. El Gobierno inició el proceso para que el abogado defensor obtenga las autorizaciones necesarias para ver los materiales clasificados en junio de 2022 y entiende que el abogado defensor está en proceso de presentar los formularios necesarios para obtener sus autorizaciones. El Oficial de Seguridad de la Información Clasificada ha informado al Gobierno que, una vez que se hayan recibido esos formularios, se espera que el proceso de autorización del abogado defensor tome (de manera acelerada) aproximadamente de 60 a 90 días. A la luz del volumen de materiales de descubrimiento no clasificados, las próximas producciones de descubrimiento clasificadas anticipadas y el tiempo esperado para que el abogado defensor obtenga las autorizaciones necesarias, y la necesidad de la defensa de revisar todos estos materiales, además de la cantidad sustancial de 18 USC § 3500 material el Gobierno anticipa producir, el demandado solicita que la Corte aplace la fecha del juicio del 24 de abril de 2023 a una fecha conveniente para la Corte en julio o agosto de 2023. En vista de estas circunstancias, el Gobierno no objeta la solicitud de aplazamiento; el Gobierno señala respetuosamente su opinión de que, en la medida conveniente para la Corte, una fecha de juicio a mediados de junio de 2023 (en lugar de julio o posterior) sería apropiada y daría cuenta de las consideraciones descritas en este documento.

El Gobierno solicita respetuosamente que el Tribunal también posponga la fecha para que el Gobierno presente su moción de conformidad con la Sección 4 de la Ley de Procedimientos de Información Clasificada («CIPA») del 1 de febrero de 2023 al 17 de marzo de 2023. El Gobierno continúa consultando y coordinar con los componentes pertinentes del Gobierno de los EE.UU. y el Departamento de Justicia, que han informado al Gobierno que necesitarán hasta el 17 de 2023. Para completar sus procesos de revisión de los materiales en cuestión y para preparar y presentar las declaraciones necesarias con la Sección 4 movimiento. Ver United States v. Aref, 533 F.3d 72, 80 (2d Cir.

2008) (requiere que el privilegio de «secretos de estado» debe ser «presentado por el jefe del departamento que tiene control sobre el asunto, después de una consideración personal real por ese oficial» (se omiten las comillas internas)). El aplazamiento de la fecha del juicio propuesto por el Gobierno hasta mediados de junio de 2023 dará tiempo suficiente para que el Gobierno presente y el Tribunal considere y se pronuncie sobre la moción de la Sección 4 antes del juicio; para que el abogado defensor obtenga las autorizaciones de seguridad requeridas y la revisión completa de la producción anticipada de descubrimiento clasificado por parte del Gobierno; y para que las partes y el Tribunal lleven a cabo y completen cualquier litigio en virtud de la Sección 5 y la Sección 6 de la CIPA siguiendo la moción de la Sección 4 y antes del juicio. Consulte la aplicación 18 USC. 3 $§ 5(a), 6(a), 6(c).

El abogado defensor se opone a esta solicitud.

Finalmente, si la Corte aplaza la fecha del juicio como se propone, las partes solicitan respetuosamente correspondientes aplazamientos de los plazos previos al juicio, que actualmente se establecen de la siguiente manera:

3 de marzo de 2023: Las solicitudes del gobierno para cobrar, voir dire, notificación 404(b) y cualquier moción in limine;

21 de marzo de 2023: La respuesta del demandado a las presentaciones del Gobierno y cualquier solicitud de cargo, voir dire y mociones in limine.

24 de marzo de 2023: Producción por parte del Gobierno del material $ 3500, en ausencia de una solicitud al Tribunal para retrasar la producción de dicho material; y • 4 de abril de 2023: La respuesta del Gobierno a las presentaciones del demandado.

El Tribunal también programó una conferencia previa al juicio final para el 12 de abril de 2023 a las 2:00 p. m., que las partes solicitan respetuosamente que se reprograme para una fecha correspondiente al aplazamiento propuesto de la fecha del juicio.

Si el Tribunal concede el aplazamiento solicitado, el Gobierno se mueve para excluir el tiempo bajo la Ley de Juicio Rápido, 18 USC § 3161(h) (7)(A), entre el 24 de abril de 2023 y la nueva fecha del juicio. El Gobierno afirma respetuosamente que la exclusión sería en interés de la justicia, ya que le permitiría continuar produciendo materiales de descubrimiento y que el acusado revise el descubrimiento, y que las partes participen en la preparación y presentación de las mociones discutidas anteriormente. El demandado consiente en la exclusión de tiempo solicitada.

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