Tegucigalpa, Honduras- Por primera vez emite una resolución con carácter retroactivo poniendo en precario el Estado de Derecho de Honduras y afectando la estabilidad laboral de más de 3,000 familias y 200 empresas.
Las sentencias de inconstitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia solo tienen efecto hacia el futuro y no pueden perjudicar a las ZEDE que ya están en operación, ni los derechos adquiridos de las más de 3,000 personas y 200 empresas que operan en este régimen especial.
Así lo establece el artículo 316 de la Constitución y 94 de la Ley Sobre Justicia Constitucional:
El fallo de la Sala de lo Constitucional que declara la inconstitucionalidad de las ZEDE
Con efecto retroactivo representa un fuerte golpe al Estado de Derecho y la estabilidad jurídica y económica de Honduras.
Este fallo contraviene más de 40 sentencias previas de la misma Sala de lo Constitucional y es la primera vez que la Sala emite una sentencia de inconstitucionalidad con efecto retroactivo.
Esta desviación de la doctrina y jurisprudencia constitucional de Honduras evidencia u claro acto de discriminación que vulnera el principio de igualdad ante la ley.
El efecto hacia el futuro y no hacia el pasado de las sentencias de inconstitucionalidad ha sido confirmado por algunos de los principales juristas de Honduras, incluyendo a Edmundo Orellana, José María Díaz Castellanos y a la propia magistrada de la Sala de lo Constitucional, Sonia Marina Dubón, quien en el 2002 fue proyectista de la Ley Sobre Justicia Constitucional.
En la Exposición de Motivos de esta Ley, la magistrada Marlina Dubón expuso que las sentencias de inconstitucionalidad no tienen efecto retroactivo, sino que son EX NUNC, es decir, con efecto hacia el futuro.
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia tiene una obligación constitucional de reconocer y aplicar los tratados internacionales que garantizan la estabilidad legal de las ZEDE por 50 años.
Ratificar una sentencia de inconstitucionalidad con efecto retroactivo, anulando las ZEDE desde su origen, constituiría una expropiación legal de inversiones y una violación de los derechos de las más de 3,000 personas y 200 empress que operan en este régimen especial de la República de Honduras.
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