Tegucigalpa, Honduras – La Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización (UFTF) divulgó las prohibiciones en la que los sujetos obligados puedan aceptar donaciones para las elecciones primarias.
Estableció que los sujetos obligados no pueden recibir contribuciones de entidades o empresas públicas con participación del Estado.
Además, señaló que no pueden aceptar las donaciones anónimas, salvo las obtenidas en colectas populares.
Tampoco pueden recibir contribuciones los funcionarios y empleados que se desempeñen en la administración pública centralizada o desconcentrada, sin previa autorización de estos.
Asimismo, los precandidatos no pueden aceptar subvenciones o subsidios del gobierno, organizaciones o instituciones extranjeras.
Finalmente, los sujetos obligados no deberán recibir contribuciones de instituciones religiosas de cualquier denominación; y de personas naturales o jurídicas extranjeras, excepto que haya un vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
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