
Honduras – En el marco de las elecciones primarias, la Policía Nacional de Honduras reitera la prohibición de portar armas de fuego, conforme a la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados.
En particular, se enfatiza el cumplimiento del artículo 80, incisos 5 y 6, que establecen restricciones durante los procesos electorales.
Disposiciones aplicables:
- Inciso 5: Prohíbe la portación de armas de fuego el día de las elecciones.
- Inciso 6: Restringe el uso de armas en desfiles, actos sociales, religiosos o políticos.
Estas medidas buscan garantizar un ambiente seguro para votantes, candidatos y personal electoral, previniendo cualquier situación de violencia o intimidación que pueda alterar el desarrollo normal del proceso electoral.
La Policía Nacional hace un llamado a la ciudadanía a respetar estas disposiciones y colaborar con las autoridades para que las elecciones se lleven a cabo en un entorno de paz, transparencia y democracia.
Se advierte que cualquier incumplimiento de esta normativa será sancionado conforme a lo establecido en la ley.