
Tegucigalpa. — La Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) fijó una postura firme frente a la solicitud de nulidad electoral promovida por el Partido Libertad y Refundación (Libre), al advertir que anular las elecciones sin prueba plena equivaldría a desconocer la soberanía popular y pondría en riesgo la estabilidad del Estado democrático de derecho.
En un pronunciamiento dirigido al pueblo hondureño, la comunidad universitaria, los Poderes del Estado y la comunidad internacional, la máxima casa de estudios realizó un análisis técnico, constitucional y doctrinal exhaustivo, sustentado en la Constitución de la República, la Ley Electoral, la Ley Procesal Electoral, tratados internacionales sobre derechos políticos y doctrina constitucional contemporánea.
La nulidad, una figura excepcional
La UNAH explicó que la nulidad electoral es una figura estrictamente excepcional, que solo procede cuando existe prueba plena, objetiva y determinante de que la voluntad del electorado fue jurídicamente destruida por un fraude estructural.
Subrayó que este mecanismo no puede utilizarse como vía ordinaria de impugnación política ni como herramienta para revertir derrotas electorales.
“El soberano solo se protege cuando su voto ha sido sustituido por fraude debidamente comprobado”, sostiene el documento, dejando claro que la nulidad no es un recurso discrecional.
Soberanía popular y conservación del acto electoral
El pronunciamiento recuerda que el artículo 2 de la Constitución establece que la soberanía reside en el pueblo, por lo que ninguna autoridad puede anular un proceso electoral sin evidencia concluyente de fraude.
Hacerlo, advierte la UNAH, “constituiría un desconocimiento indirecto de la soberanía” y vulneraría la esencia de la democracia.
Además, la institución enfatiza el principio de conservación del acto público, que obliga a preservar los resultados del sufragio válidamente emitido, subsanar irregularidades formales, corregir fallas técnicas mediante auditorías y, de ser necesario, realizar recuentos; recurriendo a la nulidad solo cuando el daño sea generalizado, insubsanable y determinante del resultado nacional.
Insuficiencia probatoria de la solicitud
Tras analizar los argumentos presentados por Libre, la UNAH concluye que estos no cumplen los requisitos jurídicos para invalidar una elección.
Señala que el TREP no tiene valor decisorio, que las inconsistencias numéricas no fueron individualizadas ni probadas como determinantes, que la biometría no es un requisito constitucional del sufragio, y que las denuncias de violencia e injerencia extranjera no constituyen causales de nulidad.
En su conclusión general, la UNAH afirma que la nulidad pretendida no supera el control material de constitucionalidad y que su eventual aprobación sería incompatible con el Estado constitucional de derecho, reiterando que la defensa del voto y la estabilidad institucional exigen decisiones basadas en pruebas plenas, no en alegaciones insuficientes.



